Época: Séptima Época
Registro: 253735
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Volumen 90, Sexta Parte
Materia(s): Penal
Tesis:
Página: 161
ORDEN DE APREHENSION NO FUNDADA NI MOTIVADA. AMPARO TOTAL Y NO PARA EFECTOS.
La orden de aprehensión que adolece de los requisitos de fundamentación y motivación, viola flagrantemente el artículo 16 constitucional y, en estas condiciones, el amparo que se promueva en su contra debe concederse en forma total y no para efectos de subsanar deficiencias de forma. En efecto, la sola omisión de mencionar en ella constancias que la funden y de consideraciones relativas a las circunstancias de hecho de parte del juzgador para establecer la adecuación del caso concreto a la hipótesis abstracta consignada por la ley, es bastante para conceder en forma lisa y llana, sin restricción alguna, la protección constitucional, sin que se haga necesario el estudio de las constancias existentes en la averiguación, porque tal estudio corresponde al Juez común responsable y no a los órganos de control constitucional.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 80, página 55. Amparo en revisión 243/75. Javier y Dolores Pérez Ramírez. 22 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.
Volumen 85, página 61. Amparo en revisión 549/75. Gonzalo Mario Díaz Toledo. 28 de enero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.
Volumen 87, página 63. Amparo en revisión 598/75. Gustavo Dorles Reyes y José Domínguez Esteban. 25 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Colmenares Martz.
Volumen 89, página 35. Amparo en revisión 569/75. Domingo Monjarrez Gallardo. 6 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.
Volumen 89, página 35. Amparo en revisión 167/76. Lino Esquivel Ramírez y otros. 25 de mayo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo.