El pasado 11 de julio de 2017, el Jefe de Gobierno publicó el Acuerdo por el que se modificó el Numeral 1.2. Estacionamientos de la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico, relacionada con el Reglamento de Construcción de la Ciudad de México.
El anterior acuerdo tiene por efecto de forma inconstitucional realizar el cobro de aportaciones a los desarrolladores que desean construir el nuevo máximo permitido de estacionamiento, lo anterior, puede ocurrir en dos momentos: al realizar el Registro de Manifestación de Construcción o en el Dictamen de Impacto Urbano.
Al realizar nuestro análisis consideramos que dicha modificación es inconstitucional, por ello, es impugnable mediante juicio de amparo, el objetivo del medio de defensa es evitar el cobro de las aportaciones requeridas en el caso de construir el nuevo máximo de estacionamientos.
Les recordamos que Durante los próximos 90 días hábiles se podrá elegir que norma aplicar en materia de estacionamientos, es decir se podrá aplicar el régimen de 2011 o la publicada el 11 de julio de 2017, lo anterior se podrá realizar hasta el día 7 de diciembre de 2017.
Durante el periodo de 90 días, las autoridades deberán de establecer los montos de la aportación, así como el método de pago, actualmente no han emitido nada sobre la estructura de la aportación.
Es posible que, durante el término de 90 días, tanto las Delegaciones (en el Registro de Manifestación de Construcción) y SEDUVI (en el Dictamen de Impacto Urbano) pretendan aplicar y cobrar la nueva norma (publicada el 11 de julio de 2017), en dicho momento podremos ir al amparo, mismo que ya se tiene preparado, por el contrario, se tendrá que esperar hasta que después de los 90 días hábiles las autoridades requieran la aportación.
Si desea recibir mayor información sobre el medio de defensa, le solicitamos nos contacte lo antes posible.