GUÍA PARA ATENDER LOS ASUNTOS DE INCOMPATIBILIDAD DE PENSIONES
- Personas a las que van dirigidos los servicios:
Asegurados al régimen del ISSSTE que vayan a recibir una pensión por viudez de su esposo(a) o concubino(a) que hayan sido también derechohabientes del régimen del ISSSTE.
- Situación que se trata de proteger o revertir con los servicios.
La Subdelegación de Pensiones, autoridad encargada de resolver el otorgamiento de pensiones, determina conforme al Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio, la incompatibilidad de pensiones para aquellas personas aseguradas del régimen del ISSSTE estén tramitando su pensión de viudez de su esposo(a) o concubino(a) que en vida también hayan cotizado para el ISSSTE.
La normatividad del ISSSTE prevé erróneamente que un trabajador no puede recibir los servicios de seguridad social del instituto y a su vez estar recibiendo una pensión por viudez del mismo instituto.
Ante lo anterior podemos brindar un servicio de defensa con el cual obtendrá la pensión por viudez.
- Procedimiento que siguen en la Subdelegación de Pensiones.
El trabajador en activo incorporado al régimen del ISSSTE que está tramitando la pensión de viudez originada por el fallecimiento de su esposo(a) o concubino(a) que en vida cotizó para ISSSTE, acude a la Subdelegación de Pensiones. Esta le informa de la incompatibilidad y le da cita para tener una comparecencia en la que se le explica las razones de la cancelación del trámite por la incompatibilidad que tiene para recibir la pensión por viudez, y se le notifica formalmente.
- Tiempo en el que debe promoverse el juicio.
A partir de la comparecencia, explicada en el numeral anterior, se tienen 15 días hábiles (tres semanas contando los fines de semana) para promover el juicio que revertirá la situación. Es por eso la importancia de contactarnos en este término a fin de preparar la defensa.
- Documentos que se requieren.
Para poder promover el juicio, se requiere que el cliente nos aporte los siguientes documentos:
- Escrito por el cual le se notificó la concesión de pensión por viudez, firmado por el Delegado Regional del ISSSTE.
- Escrito por el cual se le notificó que el Sistema Institucional “SAO”, efectuó la cancelación de la liquidación del pago de la pensión por viudez.
- Acta de comparecencia, y documentos anexos a este, a través de la cual se hace constar la cancelación de la pensión.
- Documentos que acrediten su carácter de derechohabiente del ISSSTE.
- Cómo operan nuestros servicios.
- Debe contactarnos para agendar una cita o enviar la documentación requerida.
- Se realiza la evaluación del asunto para determinar su viabilidad, y de ser el caso coordinaremos la firma de un contrato de prestación de servicios con la persona interesada.
- Se realiza la firma del contrato e iniciamos la defensa.
- El trabajador afectado nos proporciona la documentación descrita en el numeral anterior en original y 5 copias. De forma inmediata nos debe entregar una copia de estos documentos para nosotros elaborar la demanda.
- Máximo en dos días, después de que nos entregue los documentos, lo citaremos para que nos firme la demanda.
- El juicio tarda alrededor de 3 meses, puede ser un poco más.
- No se le pide adelanto, pero nos deben ayudar con las copias de los documentos y con 5 copias de la demanda.
- Al momento de obtener sentencia favorable se pagará parte de nuestros honorarios.
- Beneficios que se obtienen con el juicio.
- Recibirá la pensión por viudez que le corresponde desde el momento en que falleció su esposo(a) o concubino(a) hasta la fecha en que se cumpla la sentencia. El cliente recibirá un cheque por el acumulado en dinero de la pensión que va desde el momento en que falleció su esposo(a) o concubino(a) hasta la fecha en que se cumpla la sentencia. Posteriormente, continuará recibiendo la pensión.
- Continuará recibiendo la pensión por viudez
Antes de iniciar cualquier procedimiento se requiere la evaluación del asunto a fin de determinar si su asunto es viable para nuestra firma, posteriormente, se celebrará un contrato de prestación de servicios previó al inicio de la defensa legal.
Contáctanos al: 5871 34 02