Época: Novena Época
Registro: 178920
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXI, Marzo de 2005
Materia(s): Común
Tesis: I.6o.P.9 K
Página: 1213
RECURSO DE RECLAMACIÓN. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS QUE ATACAN EL AUTO DE TURNO PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN RESPECTIVO.
Los agravios expresados en un recurso de reclamación deben estimarse inoperantes si atacan el auto de turno emitido por el presidente de un Tribunal Colegiado mediante el cual se ordenó pasar el expediente a ponencia para la elaboración del proyecto de la resolución correspondiente, en virtud de que tal auto no irroga agravio alguno al recurrente, pues sólo pone en estado de resolución el recurso, con citación para las partes para oír sentencia y, en consecuencia, para que el órgano jurisdiccional en Pleno resuelva en definitiva lo que en derecho proceda.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Reclamación 10/2004. 30 de noviembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Tereso Ramos Hernández. Secretaria: Guillermina Alderete Porras.