Época: Novena Época
Registro: 176484
Instancia: Primera Sala
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXII, Diciembre de 2005
Materia(s): Común
Tesis: 1a./J. 149/2005
Página: 206

RECLAMACIÓN. LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO ANTE UN ÓRGANO JUDICIAL DISTINTO AL QUE PERTENEZCA EL PRESIDENTE QUE DICTA EL ACUERDO IMPUGNADO NO INTERRUMPE EL TÉRMINO PARA SU INTERPOSICIÓN.

Si bien es cierto que el artículo 103 de la Ley de Amparo no señala ante qué autoridad debe interponerse el recurso de reclamación, también lo es que de la interpretación de los artículos 83, 163 y 165 de la mencionada ley, se advierte que el escrito en el que se haga valer dicho medio de defensa debe ser presentado ante el propio órgano judicial al que corresponda el presidente que dictó el acuerdo de trámite impugnado, y en caso de hacerlo ante una autoridad judicial distinta, no se interrumpe el término de tres días previsto para su interposición.

Reclamación 98/2003-PL. Gilberto Zamora Gama. 2 de julio de 2003. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Heriberto Pérez Reyes.

Reclamación 209/2003-PL. Centro Escolar Ánimas, S.C. 14 de abril de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Humberto Román Palacios; en su ausencia hizo suyo el asunto José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Ángel Antemate Chigo.

Reclamación 332/2004-PL. Brígida López Sánchez y otros. 12 de enero de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro.

Reclamación 83/2005-PL. Karin Anita Urich Sass Von Heinsberg. 6 de abril de 2005. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Carmen Vergara López.

Reclamación 239/2005-PL. Lorena E. Ostiguín Ubario o Lorena Elizabeth Ostiguín Ubario. 7 de septiembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz.

Tesis de jurisprudencia 149/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintiséis de octubre de dos mil cinco.

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