Época: Octava Época
Registro: 230793
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988
Materia(s): Común
Tesis: VI. 3o. J/2
Página: 673
NOTIFICACIONES AL MINISTERIO PUBLICO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO DEBEN HACERSE POR LISTA.
En los términos del artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo, las notificaciones en los juicios de amparo de la competencia de los juzgados de Distrito, se harán al Ministerio Público por medio de lista que se fijará en lugar visible en el juzgado; por tanto, si de las constancias del juicio se observa que la notificación del auto admisorio se realizó por medio de lista al representante social, tal notificación debe considerarse ajustada a derecho. Consecuentemente, resulta infundada la argumentación que se hace consistir en que la referida notificación debió hacerse por oficio o en forma personal, dado que no hay ninguna disposición en la Ley de Amparo que así lo establezca.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo en revisión 251/88. Patricia Román Lara. 9 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretaria: María Guadalupe Herrera Calderón.
Amparo en revisión 250/88. Antonio Espinoza Rojas. 10 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretario: José Manuel Torres Pérez.
Amparo en revisión 253/88. Alberto González Montiel y otros. 25 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.
Amparo en revisión 297/88. Ausencio Bello Muñoz. 6 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores.
Amparo en revisión 344/88. María del Pilar Ham Pacheco viuda de Garrido. 27 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretaria: María Guadalupe Herrera Calderón.