Época: Octava Época
Registro: 213052
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo XIII, Marzo de 1994
Materia(s): Común
Tesis: I.6o.C.62 K
Página: 308
AMPARO. NOTIFICACIONES POR LISTA EN EL.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 28, fracción III, parte final, de la Ley de Amparo, todas las resoluciones deben ser notificadas por medio de lista a más tardar dentro del día siguiente al en que se hubiesen pronunciado. Asimismo, en la lista de acuerdos se expresará el número del juicio o del incidente de que se trate, el nombre del quejoso y de la autoridad o autoridades responsables, y síntesis de la resolución que se notifique; la falta de esa formalidad legal da lugar a la nulidad, en términos de lo dispuesto por el numeral 32 del ordenamiento legal citado.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Queja 6/94. Rafael Montero Capetillo. 11 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Y. Ulloa de Rebollo. Secretario: Cuauhtémoc González Alvarez.