Época: Novena Época
Registro: 170905
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXVI, Noviembre de 2007
Materia(s): Común
Tesis: XXI.1o.P.A. J/20
Página: 685
REVISIÓN EN EL AMPARO. SI AL RESOLVER DICHO RECURSO, SE ADVIERTE QUE SE ACTUALIZA ALGUNA DE LAS CAUSAS DE IMPROCEDENCIA QUE PROVOCAN EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE GARANTÍAS, EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO NO DEBE HACER DISTINCIÓN ENTRE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS QUE FUERON RECURRIDOS.
Al resolver el recurso de revisión, el Tribunal Colegiado de Circuito debe dejar intocados los resolutivos no combatidos en los agravios, sin embargo, eso no ocurre cuando en uno de ellos el Juez de Distrito sobresee en el juicio de garantías por la inexistencia de alguno de los actos reclamados, en otro concede o niega la protección federal, y la autoridad revisora advierte que se actualiza el sobreseimiento, pero por diversa causa de improcedencia. Lo anterior es así, porque cuando el tribunal revisor advierte de oficio la existencia de una causal de improcedencia que originará el sobreseimiento en el juicio, está impedido para estudiar los agravios hechos valer contra la sentencia impugnada, la cual, por lo mismo, se encuentra sub júdice, esto es, ante la falta de estudio de los motivos de inconformidad y de firmeza del fallo recurrido, el órgano constitucional no debe hacer distinción entre los puntos resolutivos que fueron recurridos y cuáles no, en virtud de que el sobreseimiento deberá ser total.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 359/2005. Pinturas López, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 401/2005. Materiales para Construcción San Jerónimo de Zihuatanejo, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 421/2005. Constructora Bosque Brisa, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 443/2005. Constructora Vento, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.
Amparo en revisión 457/2005. Farmacia Magallanes de Acapulco, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano.