Época: Novena Época
Registro: 202562
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo III, Mayo de 1996
Materia(s): Penal
Tesis: XVII.2o. J/1
Página: 567

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL. NO AUTORIZA A CAMBIAR NI ACTO RECLAMADO, NI AUTORIDAD RESPONSABLE, SEÑALADOS POR EL QUEJOSO.

Si bien es verdad que el artículo 76 bis, fracción II de la Ley de Amparo, establece que, en materia penal, operará la suplencia de la queja, aun ante la ausencia de conceptos de violación, o de agravios del reo, también es cierto que la suplencia de la deficiencia de la queja, en materia penal, de conformidad con lo preceptuado por el artículo en comento, consiste únicamente en suplir razonamientos por los cuales el quejoso estima que se violaron sus garantías constitucionales y los preceptos que consideró violados con el acto reclamado. Sin embargo, tal suplencia de la queja no autoriza a cambiar los elementos del juicio de amparo que el quejoso señaló, como lo es la indicación del acto reclamado y de la autoridad responsable.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 50/92. Magistrado de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua. 8 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretario: Rafael Maldonado Porras.

Amparo en revisión 103/93. Jesús Carlos Rodríguez Gurrola. 13 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretario: Rafael Maldonado Porras.

Amparo en revisión 189/93. Adán Torres Mera. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretario: Jorge Luis Olivares López.

Amparo en revisión 98/94. Arturo Hernández González. 14 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Campuzano Medina. Secretaria: María de Lourdes Villagómez Guillón.

Amparo en revisión 29/96. Antonio Tarango Peralta. 29 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Rafael Parrao Rodríguez. Secretario: Andrés Pérez Lozano.

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