Época: Novena Época
Registro: 164668
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXXI, Abril de 2010
Materia(s): Administrativa
Tesis: XVII.1o.P.A.42 A
Página: 2814

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA ADMINISTRATIVA. OPERA EN FAVOR DE MENORES O INCAPACES TRATÁNDOSE DE LA VERIFICACIÓN DE UN CONVENIO DE SUBROGACIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDERÍA OTORGADO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

La verificación de un convenio de subrogación de prestación de servicios de guardería otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social es un tema de gran entidad, en la medida en que exige un mayor deber de cuidado y diligencia por parte de las autoridades para velar porque aquéllos se presten en instalaciones seguras, con todas las medidas necesarias para ello, así como por personal calificado, en virtud de que esas estancias realizan una función que corresponde originalmente al Estado. Por tal motivo, dado el interés superlativo de protección a la infancia reconocido tanto nacional como internacionalmente, así como el impacto trascendente generado en la vida de la comunidad nacional por tales servicios, tratándose de dicha revisión administrativa, que puede llevar a la rescisión del indicado instrumento jurídico, opera la suplencia de la queja deficiente en favor de menores o incapaces, pues tal verificación incide en sus derechos.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Revisión fiscal 189/2009. Director Jurídico del Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de febrero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretario: Juan Fernando Luévano Ovalle.

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