Época: Octava Época
Registro: 208542
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo XV-2, Febrero de 1995
Materia(s): Civil
Tesis: XIII.1o.91 C
Página: 406
MENOR DE EDAD. LE CORRE EL TERMINO PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO POR CONDUCTO DE QUIENES EJERCEN LA PATRIA POTESTAD.
Si en el juicio en que se decretó el embargo reclamado, los padres del menor quejoso tuvieron legalmente conocimiento de dicho embargo, como aquéllos legítimamente ejercen la patria potestad sobre el menor y son sus representantes legales, el término para interponer el amparo contra el embargo, empieza a correr al menor, a partir de la fecha en que sus representantes legales fueron notificados del propio embargo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 526/94. Carlos Juárez Martínez. 20 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretario: Tomás Quiroz Robles.