Época: Octava Época
Registro: 222799
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo VII, Mayo de 1991
Materia(s): Administrativa
Tesis: I. 1o. A. J/11
Página: 116
REPRESENTACION DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN EL JUICIO DE AMPARO. BASTA QUE SE DEMUESTRE EN EL JUICIO PARA QUE OPERE LA.
Si el otorgamiento de la representación a que se refiere el artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de Amparo es un derecho y prerrogativa que confiere al presidente de la República para que éste sea representado en el juicio de amparo por el secretario de Estado o jefe del Departamento Administrativo que corresponda, basta con que en el juicio de que se trate esté demostrado que el presidente de la República, por conducto del procurador general de la República, otorgó tal representación para que ésta opere en el juicio de amparo o recurso respectivo y el secretario de Estado o jefe del Departamento Administrativo designado tenga la facultad de intervenir realizando cualquier gestión o interponiendo cualquier recurso en nombre del presidente, sin que para tal efecto sea óbice el hecho de que en el trámite del juicio de amparo ante el Juez Federal éste no haya dictado proveído alguno con relación a la representación cuestionada, en virtud de que tal omisión no puede perjudicar a quien otorgó la aludida representación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Recurso de reclamación 31/89. Presidente de la República. 2 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Margarito Medina Villafaña.
Recurso de queja 411/89. Presidente de la República por conducto del Jefe del Departamento del Distrito Federal y Tesorero del Distrito Federal. 9 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Aristeo Martínez Cruz.
Recurso de queja 361/89. Presidente de la República y Tesorero del Distrito Federal. 9 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Margarito Medina Villafaña.
Recurso de queja 441/89. Presidente de la República y Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 23 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Margarito Medina Villafaña.
Recurso de queja 41/90. Presidente de la República y Tesorero del Departamento del Distrito Federal. 21 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Salvador Mondragón Reyes.