Época: Novena Época
Registro: 175579
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXIII, Marzo de 2006
Materia(s): Común
Tesis: VI.2o.C. J/261
Página: 1854
IMPROCEDENCIA. SI EXISTEN DOS AMPAROS RELACIONADOS Y EN UNO DE ELLOS SE CONCEDIÓ LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, DEBE SOBRESEERSE EN EL SEGUNDO JUICIO, POR HABER CESADO LOS EFECTOS DEL ACTO RECLAMADO.
Si se promueven dos juicios de amparo, los que están relacionados porque son promovidos por las partes del juicio natural en contra del mismo acto reclamado, esto es, la sentencia de apelación pronunciada por la Sala responsable, y si en uno de ellos se concede el amparo para el efecto de que el tribunal ad quem la deje insubsistente y pronuncie otra, bien sea siguiendo los lineamientos dados en la ejecutoria, a la que queda vinculada, o con libertad de jurisdicción; entonces, el segundo juicio de garantías debe sobreseerse, con apoyo en el artículo 74, fracción III, de la Ley de Amparo, pues es evidente que los efectos de dicho acto reclamado han cesado y se surte la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción XVI, del ordenamiento legal citado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 376/2001. Seguridad Privada de Vigilancia y Protección de Puebla, S.A. de C.V. 15 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretaria: Gloria Margarita Romero Velázquez.
Amparo directo 231/2002. Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer. 13 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Raúl Ángel Núñez Solorio.
Amparo directo 257/2002. Domingo Maximino Rivera Díaz. 26 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Raúl Ángel Núñez Solorio.
Amparo directo 264/2005. Manuel Rivas Muradas y otra. 17 de octubre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretaria: Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar.
Amparo directo 489/2005. María Teresa Bertha Bardales de Valdés y otro. 10 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Eduardo Iván Ortiz Gorbea.